A Quién Incluir en Tu familiar determina la Elegibilidad para Subsidios de Atencion Medica.
Elegibilidad para Subsidios
Si has decidido inscribirte en el Plan de Atención Médica ICHRA que tu empresa patrocina, hay algunas pautas sobre a quién puedes y no puedes incluir al determinar tu elegibilidad para subsidios.
Sigue estas reglas básicas al incluir miembros de tu hogar:
Incluye a tu cónyuge si estás legalmente casado.
Si planeas reclamar a alguien como dependiente fiscal para el año en que deseas cobertura, inclúyelo en tu solicitud.
Si no lo vas a reclamar como dependiente fiscal, no lo incluyas.
Incluye a tu cónyuge y dependientes fiscales incluso si no necesitan cobertura de salud.
| Relación | ¿Incluir en el hogar? | Notas |
|---|---|---|
| Hijos dependientes, incluidos los adoptados y de crianza | Sí | Incluye a cualquier hijo que vas a reclamar como dependiente fiscal, sin importar la edad. |
| Hijos, custodia compartida | A veces | Incluye a los hijos cuya custodia compartes solo durante los años que los reclames como dependientes fiscales. |
| Hijo no dependiente menor de 26 | A veces | Inclúyelos solo si deseas cubrirlos en tu plan del Mercado. |
| Niños menores de 21 años a tu cargo | Sí | Incluye a cualquier niño menor de 21 años que cuides y que viva contigo, incluso si no es tu dependiente fiscal. |
| Niños no nacidos | No | No incluyas a un bebé hasta que nazca. Tienes hasta 60 días después del nacimiento para inscribir a tu bebé. |
| Hijo no dependiente u otro pariente que viva contigo | No | Inclúyelos solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
| Padres dependientes | Sí | Incluye a los padres solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
| Hermanos dependientes y otros parientes | Sí | Inclúyelos solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
| Cónyuge | Sí | Incluye a tu cónyuge legalmente casado, ya sea del sexo opuesto o del mismo sexo. En la mayoría de los casos, las parejas casadas deben presentar impuestos juntos para calificar para ahorros. |
| Cónyuge legalmente separado | No | No incluyas a un cónyuge legalmente separado, incluso si viven juntos. |
| Cónyuge divorciado | No | No incluyas a un ex cónyuge, incluso si viven juntos. |
| Cónyuge, viviendo aparte | Sí | Incluye a tu cónyuge a menos que estés legalmente separado o divorciado. Haz clic aquí si no estás legalmente separado o divorciado. |
| Cónyuge, si eres víctima de abuso doméstico, violencia doméstica o abandono conyugal | No requerido | En estos casos, no tienes que incluir a tu cónyuge. Consulta las reglas para víctimas de abuso doméstico, violencia doméstica o abandono conyugal. |
| Pareja doméstica no casada | A veces | Incluye a una pareja doméstica no casada solo si tienen un hijo juntos o si reclamas a tu pareja como dependiente fiscal. |
| Compañero de cuarto | No | No incluyas a personas con las que solo vives, a menos que sean tu cónyuge, dependiente fiscal o estén cubiertos por otra excepción en esta tabla. |