Elegibilidad para Subsidios
Si has decidido inscribirte en el Plan de Atención Médica ICHRA que tu empresa patrocina, hay algunas pautas sobre a quién puedes y no puedes incluir al determinar tu elegibilidad para subsidios.
Sigue estas reglas básicas al incluir miembros de tu hogar:
Incluye a tu cónyuge si estás legalmente casado.
Si planeas reclamar a alguien como dependiente fiscal para el año en que deseas cobertura, inclúyelo en tu solicitud.
Si no lo vas a reclamar como dependiente fiscal, no lo incluyas.
Incluye a tu cónyuge y dependientes fiscales incluso si no necesitan cobertura de salud.
Relación | ¿Incluir en el hogar? | Notas |
---|---|---|
Hijos dependientes, incluidos los adoptados y de crianza | Sí | Incluye a cualquier hijo que vas a reclamar como dependiente fiscal, sin importar la edad. |
Hijos, custodia compartida | A veces | Incluye a los hijos cuya custodia compartes solo durante los años que los reclames como dependientes fiscales. |
Hijo no dependiente menor de 26 | A veces | Inclúyelos solo si deseas cubrirlos en tu plan del Mercado. |
Niños menores de 21 años a tu cargo | Sí | Incluye a cualquier niño menor de 21 años que cuides y que viva contigo, incluso si no es tu dependiente fiscal. |
Niños no nacidos | No | No incluyas a un bebé hasta que nazca. Tienes hasta 60 días después del nacimiento para inscribir a tu bebé. |
Hijo no dependiente u otro pariente que viva contigo | No | Inclúyelos solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
Padres dependientes | Sí | Incluye a los padres solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
Hermanos dependientes y otros parientes | Sí | Inclúyelos solo si los reclamas como dependientes fiscales. |
Cónyuge | Sí | Incluye a tu cónyuge legalmente casado, ya sea del sexo opuesto o del mismo sexo. En la mayoría de los casos, las parejas casadas deben presentar impuestos juntos para calificar para ahorros. |
Cónyuge legalmente separado | No | No incluyas a un cónyuge legalmente separado, incluso si viven juntos. |
Cónyuge divorciado | No | No incluyas a un ex cónyuge, incluso si viven juntos. |
Cónyuge, viviendo aparte | Sí | Incluye a tu cónyuge a menos que estés legalmente separado o divorciado. Haz clic aquí si no estás legalmente separado o divorciado. |
Cónyuge, si eres víctima de abuso doméstico, violencia doméstica o abandono conyugal | No requerido | En estos casos, no tienes que incluir a tu cónyuge. Consulta las reglas para víctimas de abuso doméstico, violencia doméstica o abandono conyugal. |
Pareja doméstica no casada | A veces | Incluye a una pareja doméstica no casada solo si tienen un hijo juntos o si reclamas a tu pareja como dependiente fiscal. |
Compañero de cuarto | No | No incluyas a personas con las que solo vives, a menos que sean tu cónyuge, dependiente fiscal o estén cubiertos por otra excepción en esta tabla. |